Tablón de Anuncios

GESTION SERVICIO MUNICIPAL DE VIVIENDA TUTELADA

jueves, 17 de diciembre de 2009

ANUNCIO

De conformidad con el acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de fecha 9 de diciembre de 2009, por medio del presente anuncio se efectúa convocatoria por procedimiento abierto para la adjudicación de la GESTION DEL SERVICIO MUNICIPAL DE VIVIENDA TUTELADA DE MAYORES del municipio de Mira, mediante gestión indirecta y en régimen de concesión, conforme a los siguientes datos:

1. Entidad adjudicadora: Ayuntamiento de mira

2. Objeto del contrato:

a) Descripción del objeto: “Gestión del servicio municipal de Vivienda Tutelada de Mayores de Mira”

b) Lugar y plazo de ejecución: Mira. Según proyecto. La duración del contrato se establece en 1 año, a contar a partir de la fecha de inicio del mismo.

La concesión podrá ser objeto de prorrogas sucesivas de una anualidad cada una.

3. Tramitación y procedimiento. Ordinaria y abierto

4. Presupuesto base de licitación. 22 euros por residente y día con IVA y 18,97 euros por residente y día sin IVA

5. Garantía provisional: No se exige

6. Obtención de documentación, información y presentación de ofertas.

a) Entidad: Ayuntamiento de Mira (Cuenca). Plaza de la Villa, nº 1. Teléfono y fax: 96934001

b) Fecha limite de obtención de documento, información y presentación de plicas: 15 días naturales desde publicación en BOP. (Fecha de publicación en el BOP, 16 de diciembre de 2009, nº 143, pág. 26)

7. Aperturas de las ofertas. En la fecha y hora, que se determine por Decreto de la Alcaldía.

En Mira, a 16 de diciembre de 2009

El Alcalde

Fdo: José A. García-Carpintero Vilreales

BASES CONTRATACION ALUMNOS/TRABAJADORES DE TALLER DE EMPLEO

jueves, 18 de junio de 2009

BASES QUE HAN DE REGIR EL PROCESO SELECTIVO PARA LA CONTRATACIÓN, POR EL AYUNTAMIENTO DE SIETE ALUMNOS/AS TRABAJADORES/AS PARA EL TALLER DE ESPECIALIZACIÓN PROFESIONAL “ALBAÑILERÍA” Y SEIS ALUMNOS/AS TRABAJADORES/AS PARA EL TALLER DE ESPECIALIZACIÓN PROFESIONAL “CARPINTERIA”

PRIMERA: OBJETO DE LA CONVOCATORIA.

El objeto de la presente convocatoria es la provisión, con carácter temporal, de puestos de trabajo como alumnos/as-trabajadores/as en la categoría profesional de peón, por parte del AYUNTAMIENTO DE MIRA (Cuenca) para la ejecución del Taller de Especialización Profesional ALBAÑILERÍA y PARA EL TALLER DE ESPECIALIZACIÓN PROFESIONAL “CARPINTERIA” cofinanciado por el Fondo Social Europeo y regulado por la Orden de 26 de diciembre de 2008 (D.O.C.M nº 269, Fasc.II, de 31 de diciembre de 2008), y la corrección de errores de 13/01/09 (D.O.C.M nº 11) de la Consejería de Trabajo y Empleo de la JCCM, por la que se efectúa la Convocatoria para 2009, y se modifica la Orden de 7 de Diciembre de 2006, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para el desarrollo de los programas de Escuelas Taller, Casas de Oficios, Unidades de Promoción y Desarrollo y Talleres de Empleo, y se establecen las bases reguladoras de la Concesión de subvenciones públicas de los Talleres de Especialización Profesional.

SEGUNDA: MODALIDAD Y DURACIÓN DEL CONTRATO.

La modalidad de contratación a celebrar es la de Obra o Servicio a tiempo parcial regulada en el Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.

La jornada de trabajo será de 25 horas semanales prestadas de lunes a viernes y por un periodo de contratación de 6 meses.

Durante el desarrollo del Taller de especialización profesional, en horas fuera de la jornada laboral antes referida, los alumnos-trabajadores recibirán formación profesional ocupacional adecuada a la ocupación a desempeñar. La duración de esta formación será al menos de 10 horas semanales las cuáles estarán cubiertas por un seguro de accidentes y responsabilidad civil.

TERCERO: REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES.

Para ser admitido en el proceso selectivo de acceso a las plazas ofertadas, será necesario:

• Ser español , nacional de uno de los estados miembros de la Unión Europea o extranjero residente en España en las condiciones recogidas en el artículo 10 de la Ley Orgánica 8/2000 de 22 de Diciembre, además de lo establecido en el articulado de Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleador Público.

• No exceder de la edad máxima de jubilación forzosa y ser mayor de 16 años.

• Ser desempleado, entendiéndose como tal al demandante de empleo no ocupado, registrado en las Oficinas del Sepecam y que esté disponible para el empleo (según establece la Base 22.3.b de la Orden de la convocatoria).

• No padecer enfermedad o defecto físico que impida el normal desarrollo de las funciones del puesto de trabajo.

• No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio al Estado, a las Comunidades Autónomas o a las Entidades Locales, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

CUARTA: CELEBRACIÓN DE LA SELECCIÓN Y PRESENTACION DE DOCUMENTACIÓN.

Se formalizará ante la Oficina del Servicio Público de Empleo de Castilla La Mancha de CAÑETE una Oferta Genérica de Empleo para los puestos ofertados.

Todos los interesados, incluidos los preseleccionados por la Oficina de Empleo, deberán presentarse el día 24 de JUNIO, a las 10,30 horas en el Ayuntamiento de Mira, sito en Plaza de la Villa nº 1 con la siguiente documentación.

• Copia del D.N.I

• Certificado de discapacidad acreditativa de un grado igual o superior al 33%.

• Cualquier otra documentación acreditativa de otras circunstancias que quiera hacerse valer y sea objeto de baremación.

• Tarjeta de empleo

• Informe de Vida laboral.

Las presentes bases quedarán publicadas en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Mira- CUENCA.

QUINTA: PROCESO DE SELECCIÓN:

Conforme a la Disposición 22 de la Orden de 7 de Diciembre de 2006 de la Consejería de Trabajo y Empleo, modificada por la Orden de 26 de diciembre de 2008 (D.O.C.M nº 269, Fasc.II, de 31 de diciembre de 2008), y la corrección de errores de 13/01/09 (D.O.C.M nº 11) de la Consejería de Trabajo y Empleo de la JCCM, por la que se efectúa la Convocatoria para 2009, y se modifica la Orden de 7 de Diciembre de 2006, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para el desarrollo de los programas de Escuelas Taller, Casas de Oficios, Unidades de Promoción y Desarrollo y Talleres de Empleo, y se establecen las bases reguladoras de la Concesión de subvenciones públicas de los Talleres de Especialización Profesional, para el proceso de selección de los/as alumnos/as trabajadores/as del Taller de Empleo se creará un Grupo Mixto de trabajo, que estará compuesto por Personal asignado del Ayuntamiento y por Técnicos de los Servicios Provinciales del SEPECAM, presidido por aquella persona que designe la Coordinadora de éstos. Este grupo podrá establecer o completar sus propias normas de funcionamiento, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 22.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

De acuerdo con lo dispuesto en la disposición citada en el párrafo anterior, el Sepecam se reserva la facultad de destinar hasta un 20% del total de las plazas de los alumnos para aquellos candidatos que procedan de procesos de orientación o cualificación profesional, pertenezcan a colectivos específicos o por cualquier otra circunstancia que justifique su incorporación al proyecto.

Ante cualquier duda o aclaración sobre las condiciones establecidas en estas bases, los interesados podrán dirigirse al Ayuntamiento de Mira.

CRITERIOS DE BAREMACIÓN.

El grupo de trabajo mixto puntuará según los criterios que se detallan a continuación:

SITUACIONES PUNTUACIÓN

Mujeres víctimas de violencia de género y las personas víctimas de terrorismo, de acuerdo con la definición que de estos colectivos hace la normativa estatal . Será necesario aportar informe de los servicios sociales.

Preferencia absoluta

Mujeres 0,25

Jóvenes desempleados menores de 25 años 2

Trabajadores con necesidades económicas acreditadas 1

Personas con discapacidad igual o superior al 33% o con enfermedad mental 2

Desempleados de larga duración (Más de 9 meses) 1,50

Mayores de 45 años 2

Otros con dificultad de inserción laboral debidamente acreditado 1

Otros criterios:

 Por cada carga familiar se añadirá 0,25 puntos (entendiendo por carga familiar, los menores de 26 años que convivan en el domicilio familiar y no tengan retribución salarial, ni otro tipo de ingresos).

 Por cualquier miembro de la unidad familiar afectado con una discapacidad superior al 33%, se añadirá 0,50 puntos que no tengan retribución salarial, ni otro tipo de ingresos .

 Estar desempleado, con experiencia profesional en albañileria ó carpinteria, 1,50 puntos.

No haber participado en ningún Módulo formativo de características similares. No participar en ninguna Acción para el Empleo en 2009. 2

Cualquier criterio baremable deberá ser acreditado.

• Solamente podrá participar como alumno trabajador un miembro por unidad familiar.

• En caso de empate se puntuará por mayor antigüedad como demandante de empleo. De persistir el empate, el de mayor edad.

SÉPTIMA: PROPUESTA DEL GRUPO MIXTO DE TRABAJO

Una vez baremados los criterios de selección de los candidatos, el Grupo mixto de selección formulará la relación de aspirantes con sus puntuaciones totales según el orden establecido, exponiéndose en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y del SEPECAM proponiendo la contratación a favor de los aspirantes que hayan obtenido mayor puntuación.

Cumplidos los trámites precedentes, el Ayuntamiento de Mira (Cuenca) acordará la contratación laboral a favor de los aspirantes propuestos que hayan acreditado el cumplimiento de los requisitos establecidos en estas bases, en caso contrarios será contratado el aspirante siguiente que le siga en puntuación en cada una de las plaza convocadas.

Se constituirá una relación de reservas para el caso de vacantes.

Contra la presente convocatoria y sus bases puede interponerse potestativamente recurso de reposición ante la Alcaldía, en el plazo de un mes contado a partir del día de la fecha, ó directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados a partir de la misma fecha.

En Mira, 3 de junio de 2009.

EL/LA ALCALDE-PRESIDENTE

Fdo. JOSE ANTONIO GARCIA CARPINTERO VILREALES

ANEXO II

APELLIDOS Y NOMBRE

DOMICILIO, C.P, MUNICIPIO

TELEFONO FIJO/MÓVIL

D.N.I. FECHA DE NACIMIENTO

DOCUMENTACIÓN QUE SE APORTA

Fotocopia D.N.I

Currículum vitae con copia de la documentación que se quiera valorar

Autorizo al Sepecam a obtener de forma directa los datos de mi vida laboral de la Seguridad Social a través de certificados telemáticos.

Otros documentos

-

-

, a de de 2008

El solicitante

Fdo: ______________________

SR. ALCALDE PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE ………

AUTORIZACIÓN AL SEPECAM:

BASES CONTRATACION PARA DIRECTOR DE TALLER DE EMPLEO

jueves, 18 de junio de 2009

BASES QUE HAN DE REGIR EL PROCESO SELECTIVO PARA LA CONTRATACIÓN, POR EL AYUNTAMIENTO DE MIRA (CUENCA) DE UN/A DIRECTOR/A PARA EL TALLER DE ESPECIALIZACIÓN PROFESIONAL ALBAÑILERÍA Y PARA EL TALLER DE ESPECIALIZACIÓN PROFESIONAL “CARPINTERIA”

PRIMERA: OBJETO DE LA CONVOCATORIA.

El objeto de la presente convocatoria es la provisión, con carácter temporal de 1 puesto de trabajo de Director/a para la ejecución del TALLER DE ESPECIALIZACIÓN PROFESIONAL ALBAÑILERÍA Y DEL TALLER DE ESPECIALIZACIÓN PROFESIONAL “CARPINTERIA”, cofinanciado por el Fondo Social Europeo y regulado por la Orden de 26 de diciembre de 2008 (D.O.C.M nº 269, Fasc.II, de 31 de diciembre de 2008), y la corrección de errores de 13/01/09 (D.O.C.M nº 11) de la Consejería de Trabajo y Empleo de la JCCM, por la que se efectúa la Convocatoria para 2009, y se modifica la Orden de 7 de Diciembre de 2006, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para el desarrollo de los programas de Escuelas Taller, Casas de Oficios, Unidades de Promoción y Desarrollo y Talleres de Empleo, y se establecen las bases reguladoras de la Concesión de subvenciones públicas de los Talleres de Especialización Profesional.

SEGUNDA: MODALIDAD Y DURACIÓN DEL CONTRATO.

La modalidad de contratación a celebrar es por Obra o Servicio de Duración Determinada regulada en el Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.

La jornada de trabajo será de 40 horas semanales, prestada de lunes a viernes y por un periodo de contratación de 6 meses.

TERCERO: REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES.

Para ser admitido/a en el proceso selectivo de acceso a las plazas ofertadas, será necesario:

• Ser español/a, nacional de uno de los estados miembros de la Unión Europea o extranjero/a residente en España en las condiciones recogidas en el artículo 10 de la Ley Orgánica 8/2000 de 22 de Diciembre, además de lo establecido en el articulado del Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.

• Tener cumplidos 16 años y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa.

• No padecer enfermedad o defecto físico que impida el normal desarrollo de las funciones del puesto de trabajo.

• No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio al Estado, a las Comunidades Autónomas o a las Entidades Locales, ni hallarse inhabilitado/a para el ejercicio de funciones públicas.

• Estar en posesión de la titulación académica de Diplomado/a Universitario/a o Licenciado/a.

• Carnet de conducir y vehículo propio para el desarrollo del taller de empleo.

CUARTA: PRESENTACION DE DOCUMENTACIÓN.

Quienes deseen formar parte en el procedimiento de selección, deberán solicitarlo mediante instancia oficial (ANEXO II), que será facilitada en las oficinas del Ayuntamiento de Mira.

El plazo para presentar las solicitudes será desde el día 15 de junio hasta el 24 de junio de 2009

Las instancias irán acompañadas de la siguiente documentación:

• Copia del D.N.I.

• Currículum vitae, en el que se especifiquen los siguientes apartados:

a) Titulaciones académicas que se poseen.

b) Experiencia profesional, especificando la categoría profesional, la duración y si el contrato es a jornada completa o parcial. Si es parcial se especificará el nº de horas de la jornada (Diaria, Semanal ó Mensual).

c) Formación complementaria relacionada con las funciones del puesto a desempeñar.

La titulación académica y los cursos recibidos se acreditarán presentando el/los título/s ó fotocopias debidamente compulsada de los mismos.

La experiencia profesional se acreditará con certificado de vida laboral de Tesorería General de la Seguridad Social y certificado de la empresa donde se desarrolló la actividad profesional.

Al mismo tiempo se formalizará ante la Oficina del Servicio Público de Empleo de Castilla La Mancha de CAÑETE una Oferta Genérica de Empleo para el puesto ofertado.

QUINTA: CELEBRACIÓN DE LA SELECCIÓN

Tanto los/as candidatos/as presentados/as por convocatoria pública como los/as preseleccionados/as por el Sepecam deberán presentarse el día 24 de junio a las 10,30 h. en el Ayuntamiento de Mira

SEXTA: PROCESO DE SELECCIÓN:

Conforme a la Disposición 22 de la Orden de 7 de Diciembre de 2006 de la Consejería de Trabajo y Empleo, modificada por la Orden de 26 de diciembre de 2008 (D.O.C.M nº 269, Fasc.II, de 31 de diciembre de 2008), y la corrección de errores de 13/01/09 (D.O.C.M nº 11) de la Consejería de Trabajo y Empleo de la JCCM, por la que se efectúa la Convocatoria para 2009, y se modifica la Orden de 7 de Diciembre de 2006, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para el desarrollo de los programas de Escuelas Taller, Casas de Oficios, Unidades de Promoción y Desarrollo y Talleres de Empleo, y se establecen las bases reguladoras de la Concesión de subvenciones públicas de los Talleres de Especialización Profesional, para el proceso de selección del personal docente del Taller de Empleo se creará un Grupo Mixto de trabajo, que estará compuesto por Personal asignado deL Ayuntamiento de Mira y por Técnicos/as de los Servicios Provinciales del SEPECAM, presidido por aquella persona que designe la Coordinadora Provincial de éstos. Este grupo podrá establecer o completar sus propias normas de funcionamiento, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 22.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Ante cualquier duda o aclaración sobre las condiciones establecidas en estas bases, los/as interesados/as podrán dirigirse al Ayuntamiento de Mira.

SÉPTIMA: CRITERIOS DE BAREMACIÓN.

El grupo de trabajo mixto constituido al efecto puntuará según los criterios que se detallan a continuación:

PRIMERA FASE: VALORACIÓN DE MÉRITOS. Máximo 5 puntos

1.- Experiencia Laboral: (Máximo 3 puntos)

Por haber desempeñado puestos de trabajo:

a) Director/a de Escuelas Taller, Casas de Oficios, Talleres de Empleo, Talleres de Especialización Profesional, Módulos de Formación y Empleo u otros proyectos relacionados con formación, empleo y juventud. Se valorará 0,2 puntos por mes completo trabajado.

b) Realización de tareas gerenciales y de gestión económica-administrativa en el sector privado o público. Se valorará 0,1 puntos por mes completo trabajado.

Únicamente se valorarán los trabajos desempeñados por una duración superior a un mes. Será imprescindible acreditarlo mediante contratos, vida laboral, certificados de empresa o cualquier otro medio en que quede constancia de las funciones.

2.- Formación Complementaria: (Máximo 2 puntos).

Cursos de formación relacionados con las funciones del puesto a desempeñar y el proyecto de obra a ejecutar. Se valorarán con 0,05 puntos por cada 10 horas de formación.

Es imprescindible aportar certificado o diploma de los cursos que se indiquen en el currículo vitae, no teniéndose en cuenta ni valorándose los cursos con una duración inferior a 10 horas.

SEGUNDA FASE: ENTREVISTA: Máximo 10 puntos

El día de la selección, a la hora fijada y en la sede del Ayuntamiento de Casasimarro, el Grupo Mixto de Trabajo realizará una entrevista a los/as candidatos/as que versará sobre sus conocimientos y experiencia en el puesto de trabajo a desarrollar.

En caso de empate entre los/as candidatos/as, será seleccionado/a el/a que tenga la condición de desempleado/a y en su caso el/a de más antigüedad en la inscripción en la oficina del SEPECAM.

La valoración total de ambas fases será de máximo 15 puntos.

OCTAVA: PROPUESTA DEL GRUPO MIXTO DE TRABAJO

Una vez baremados los criterios de selección de los/as candidatos/as, el Grupo mixto de selección formulará la relación de aspirantes ordenados de mayor a menor puntuación, exponiéndose en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y del SEPECAM, proponiendo la contratación a favor del/a aspirante que haya obtenido mayor puntuación.

Cumplidos los trámites precedentes, el Ayuntamiento de Mira (Cuenca) acordará la contratación laboral a favor del/a aspirante propuesto que haya acreditado el cumplimiento de los requisitos establecidos en estas bases, en caso contrario será contratado/a el/a aspirante siguiente que le siga en puntuación en cada una de las plazas convocadas.

Se constituirá una relación de reservas para el caso de vacantes.

Contra la presente convocatoria y sus bases puede interponerse potestativamente recurso de reposición ante la Alcaldía, en el plazo de un mes contado a partir del día de la fecha, ó directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados a partir de la misma fecha.

En Mira , a 3 de junio de 2009.

EL ALCALDE – PRESIDENTE,

Fdo.: Jose Antonio Garcia Carpintero Vilreales

ANEXO II

APELLIDOS Y NOMBRE

DOMICILIO, C.P, MUNICIPIO

TELEFONO FIJO/MÓVIL

D.N.I. FECHA DE NACIMIENTO

DOCUMENTACIÓN QUE SE APORTA

Fotocopia D.N.I

Currículum vitae con copia de la documentación que se quiera valorar

Autorizo al Sepecam a obtener de forma directa los datos de mi vida laboral de la Seguridad Social a través de certificados telemáticos.

Otros documentos

-

-

, a de de 2009

El solicitante

Fdo: ______________________

SR. ALCALDE PRESIDENTE DE ………………….

AUTORIZACIÓN AL SEPECAM:

BASES CONTRATACION MONITORES DE TALLER DE EMPLEO

jueves, 18 de junio de 2009

BASES QUE HAN DE REGIR EL PROCESO SELECTIVO PARA LA CONTRATACIÓN, POR EL AYUNTAMIENTO DE Mira -CUENCADE UN/A MONITOR/A DE ALBAÑILERÍA PARA EL TALLER DE ESPECIALIZACIÓN PROFESIONAL “ALBAÑILERÍA” Y UN MONITOR/A PARA EL TALLER DE ESPECIALIZACIÓN PROFESIONAL “CARPINTERIA”

PRIMERA: OBJETO DE LA CONVOCATORIA.

El objeto de la presente convocatoria es la provisión, con carácter temporal de 1 puesto de trabajo en la categoría de Monitor/a de albañilería y de 1 puesto de trabajo en la categoría de Monitor/a de carpinteria por parte del Ayuntamiento de Mira (Cuenca), para la ejecución del Taller de Especialización Profesional “Albañilería”, y para la ejecución del Taller de Especialización Profesional “Carpintería”cofinanciado por el Fondo Social Europeo y regulado por la Orden de 26 de diciembre de 2008 (D.O.C.M nº 269, Fasc.II, de 31 de diciembre de 2008), y la corrección de errores de 13/01/09 (D.O.C.M nº 11) de la Consejería de Trabajo y Empleo de la JCCM, por la que se efectúa la Convocatoria para 2009, y se modifica la Orden de 7 de Diciembre de 2006, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para el desarrollo de los programas de Escuelas Taller, Casas de Oficios, Unidades de Promoción y Desarrollo y Talleres de Empleo, y se establecen las bases reguladoras de la Concesión de subvenciones públicas de los Talleres de Especialización Profesional.

SEGUNDA: MODALIDAD Y DURACIÓN DEL CONTRATO.

La modalidad de contratación a celebrar es por Obra o Servicio de Duración Determinada regulada en el Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.

La jornada de trabajo será de 25 horas semanales prestadas de lunes a viernes y por un periodo de contratación de 6 meses.

TERCERO: REQUISITOS DE LOS/AS ASPIRANTES.

Para ser admitido/a en el proceso selectivo de acceso a las plazas ofertadas, será necesario:

• Ser español/a, nacional de uno de los estados miembros de la Unión Europea o extranjero/a residente en España en las condiciones recogidas en el artículo 10 de la Ley Orgánica 8/2000 de 22 de Diciembre, además de lo establecido en el articulado del Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.

• Tener cumplidos 16 años y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa.

• No padecer enfermedad o defecto físico que impida el normal desarrollo de las funciones del puesto de trabajo.

• No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio al Estado, a las Comunidades Autónomas o a las Entidades Locales, ni hallarse inhabilitado/a para el ejercicio de funciones públicas.

• Tener experiencia profesional acreditada como oficial de albañilería mínima de 1 año.

• Carnet de conducir y vehículo propio para el desarrollo del Taller de Especialización Profesional.

CUARTA: PRESENTACION DE DOCUMENTACIÓN.

Quienes deseen formar parte en el procedimiento de selección, deberán solicitarlo mediante instancia oficial (ANEXO II), que será facilitada en las oficinas de Mira- Cuenca

El plazo para presentar las solicitudes será desde el día 15 de junio hasta 24 de junio de 2009.

Las instancias irán acompañadas de la siguiente documentación:

• Copia del D.N.I.

• Currículum vitae, en el que se especifiquen los siguientes apartados:

a) Titulaciones académicas que se poseen.

b) Cursos recibidos de metodología didáctica especificando el número de horas de que constan.

c) Cursos recibidos relacionados con las materias del puesto al que aspira. Especificando el número de horas de que constan.

d) Experiencia profesional, especificando la categoría profesional, la duración y si el contrato es a jornada completa o parcial. Si es parcial se especificará el nº de horas de la jornada (Diaria, Semanal ó Mensual)

e) Experiencia docente: Curso impartidos relacionados con su especialidad o cualquier otra experiencia docente, especificando la categoría profesional, la duración y si el contrato es a jornada completa o parcial. Si es parcial se especificará el nº de horas de la jornada (diaria, semanal o mensual)

La titulación académica y los cursos recibidos se acreditarán presentando el/los título/s ó fotocopias debidamente compulsada de los mismos.

La experiencia profesional se acreditará con certificado de vida laboral de Tesorería General de la Seguridad Social y certificado de la empresa donde se desarrolló la actividad profesional.

Al mismo tiempo se formalizará ante la oficina del Servicio Público de Empleo de Castilla La Mancha Cañete una Oferta Genérica de Empleo para el puesto ofertado.

QUINTA: CELEBRACIÓN DE LA SELECCIÓN

Tanto los/as candidatos/as presentados/as por convocatoria pública como los/as preseleccionados por el Sepecam deberán presentarse el día 24 de junio de 2009

SEXTA: PROCESO DE SELECCIÓN:

Conforme a la Disposición 22 de la Orden de 7 de Diciembre de 2006 de la Consejería de Trabajo y Empleo, modificada por la Orden de 26 de diciembre de 2008 (D.O.C.M nº 269, Fasc.II, de 31 de diciembre de 2008), y la corrección de errores de 13/01/09 (D.O.C.M nº 11) de la Consejería de Trabajo y Empleo de la JCCM, por la que se efectúa la Convocatoria para 2009, y se modifica la Orden de 7 de Diciembre de 2006, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para el desarrollo de los programas de Escuelas Taller, Casas de Oficios, Unidades de Promoción y Desarrollo y Talleres de Empleo, y se establecen las bases reguladoras de la Concesión de subvenciones públicas de los Talleres de Especialización Profesional, para el proceso de selección del personal docente del Taller de Empleo se creará un Grupo Mixto de trabajo, que estará compuesto por Personal asignado de los Ayuntamientos de la Mancomunidad y por Técnicos de los Servicios Provinciales del SEPECAM, presidido por aquella persona que designe la Coordinadora Provincial de éstos. Este grupo podrá establecer o completar sus propias normas de funcionamiento, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 22.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Ante cualquier duda o aclaración sobre las condiciones establecidas en estas bases, los interesados podrán dirigirse al Ayuntamiento de Mira.

SÉPTIMA: CRITERIOS DE BAREMACIÓN.

El grupo de trabajo mixto constituido al efecto puntuará según los criterios que se detallan a continuación:

PRIMERA FASE: VALORACIÓN DE MÉRITOS (Máximo 5 puntos):

1.- Experiencia Laboral: (Máximo 3 puntos)

Por haber desempeñado puestos de trabajo:

a) Monitor/a de Escuelas Taller, Casas de Oficios, Talleres de Empleo, Talleres de Especialización Profesional, Módulos de Formación y Empleo u otros proyectos relacionados con formación, empleo y juventud. Se valorará 0,2 puntos por mes completo trabajado.

b) Realización de trabajos relacionados con actividades de Oficial de albañilería Se valorará 0,1 puntos por mes completo trabajado.

Únicamente se valoraran los trabajos desempeñados por una duración superior a un mes. Será imprescindible acreditarlo mediante contratos, vida laboral, certificados de empresa o cualquier otro medio que queda constancia de las funciones.

2.- Formación Complementaria: (Máximo 2 puntos).

Cursos de formación relacionados con las funciones del puesto a desempeñar y el proyecto de obra a ejecutar. Se valorarán con 0,05 puntos por cada 10 horas de formación.

Es imprescindible aportar certificado o diploma de los cursos que se indiquen en el currículo vitae, no teniéndose en cuenta ni valorándose los cursos con una duración inferior a 10 horas.

SEGUNDA FASE: ENTREVISTA. Máximo 10 puntos

El día de la selección, a la hora fijada y en la sede del Ayuntamiento de Mira realizará una entrevista a los/as candidatos/as que versará sobre sus conocimientos y experiencia en el puesto de trabajo a desarrollar.

En caso de empate entre los/as candidatos/as, será seleccionado/a el/a que tenga la condición de desempleado/a y en su caso el/a de más antigüedad en la inscripción en la oficina del SEPECAM.

La valoración total de la baremación es de máximo 15 puntos.

OCTAVA: PROPUESTA DEL GRUPO MIXTO DE TRABAJO

Una vez baremados los criterios de selección de los/as candidatos/as, el Grupo mixto de selección formulará la relación de aspirantes con sus puntuaciones totales según el orden establecido, exponiéndose en el tablón de anuncios de …Mira y del SEPECAM, proponiendo la contratación a favor del/a aspirante que haya obtenido mayor puntuación.

Cumplidos los trámites precedentes, el Ayuntamiento de Mira (Cuenca) acordará la contratación laboral a favor del/a aspirante propuesto/a que haya acreditado el cumplimiento de los requisitos establecidos en estas bases, en caso contrario será contratado/a el/a aspirante siguiente que le siga en puntuación en cada una de las plazas convocadas.

Se constituirá una relación de reservas para el caso de vacantes.

Contra la presente convocatoria y sus bases puede interponerse potestativamente recurso de reposición ante la Alcaldía, en el plazo de un mes contado a partir del día de la fecha, ó directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados a partir de la misma fecha.

En Mira , a 3 de junio de 2009.

EL ALCALDE -PRESIDENTE

Fdo. D. Jose Antonio García Carpintero Vilreales

NEXO II

APELLIDOS Y NOMBRE

DOMICILIO, C.P, MUNICIPIO

TELEFONO FIJO/MÓVIL

D.N.I. FECHA DE NACIMIENTO

DOCUMENTACIÓN QUE SE APORTA

Fotocopia D.N.I

Currículum vitae con copia de la documentación que se quiera valorar

Autorizo al Sepecam a obtener de forma directa los datos de mi vida laboral de la Seguridad Social a través de certificados telemáticos.

Otros documentos

-

-

, a de de 2009

El solicitante

Fdo: ______________________

SR. ALCALDE PRESIDENTE DE……………………………..

AUTORIZACIÓN AL SEPECAM:

1 2 3 4 5 6